Uno de los ejes transversales que atraviesan la misión del Instituto, se encuentra en la capacitación internacional en temas afines al desarrollo humano,que tiendan a la adquisición de conocimientos esenciales y especializados, en áreas que, no sólamente supongan un importante valor añadido, en el currículum de quien los sigue, sino también un aporte destacado a su formación integral como ser humano.
Estas enseñanzas se llevan a cabo bajo la forma de:
Toda esta actividad se efectúa mediante enseñanza a distancia por internet, vía correo electrónico, y las inscripciones se encuentran abiertas permanentemente.Algunas de las Instituciones que los copatrocinan y certifican, junto con el Instituto, son:
Los títulos de Máster emitidos por el Instituto y sus organizaciones copatrocinantes son títulos propios, englobados en el capítulo de enseñanzas no regladas. La formación no reglada incluye cursos y programas complementarios de la educación reglada destinados, principalmente, a la capacitación y mejoramiento profesional de las personas y a mejorar su posicionamiento en el mercado de trabajo. Implican una mayor empleabilidad que la sola posesión de un título de grado. Los títulos propios son plenamente válidos, pero no facultan para acceso a doctorado, siendo especialmente aplicables en el ámbito de la empresa privada.
MASTERS TITULO PROPIO DISPONIBLES ACTUALMENTE
El Instituto se adhiere en todos sus puntos al Artículo 126 del Tratado de Maastrich, el cual indica, entre otras cosas, lo siguiente:
1. La Comunidad contribuirá al desarrollo de una educación de calidad fomentando la cooperación entre los Estados miembros y, si fuere necesario, apoyando y completando la acción de éstos en el pleno respeto de sus responsabilidades en cuanto a los contenidos de la enseñanza y a la organización del sistema educativo, así como de su diversidad cultural y lingüística.
2. La acción de la Comunidad se encaminará a:
- desarrollar la dimensión europea en la enseñanza, especialmente a través del aprendizaje y de la difusión de las lenguas de los Estados miembros;
- favorecer la movilidad de estudiantes y profesores, fomentando en particular el reconocimiento académico de los títulos y de los períodos de estudios;
- promover la cooperación entre los centros docentes;
- incrementar el intercambio de información y de experiencias sobre las cuestiones comunes a los sistemas de formación de los Estados miembros;
- favorecer el incremento de los intercambios de jóvenes y de animadores socioeducativos;
- fomentar el desarrollo de la educación a distancia.
3. La Comunidad y los Estados miembros favorecerán la cooperación con terceros países y con las organizaciones internacionales competentes en materia de educación y, en particular, con el Consejo de Europa.